La función fiscalizadora del
Tribunal de Cuentas español se refiere al sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de
legalidad, eficiencia y
economía.
El Tribunal de Cuentas, por delegación, de las
Cortes Generales, procederá al examen y comprobación de la Cuenta General del Estado dentro del plazo de seis meses, a partir de la fecha en que se haya rendido. El Pleno, oído el
Fiscal, dictará la declaración definitiva que le merezca para elevarla a las Cámaras con la oportuna propuesta, dando traslado al
Gobierno.